AUMENTO DE POTENCIA DE RADIODIFUSION. 1.410 KHZ. CW 141 RADIO TURISTICA. SALTO




Promulgación: 06/08/1996
Publicación: 16/08/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 188
Referencias a toda la norma

2

   Establécese que si en la práctica la estación produjera interferencias
perjudiciales a otros servicios radioeléctricos ya instalados, dicha
emisora deberá disminuir la potencia a la actual y tomar las medidas
necesarias para eliminarlas, solicitando la inspección correspondiente.
Referencias al numeral
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