Exonérase a la mencionada Empresa, en forma total, por término de (3)
tres años, del Impuesto a las Transmisiones Inmobiliarias y adicionales
del Impuesto a los Contratos sobre las promesas y compra-venta de bienes
inmuebles en ocasión de la adquisición de los inmuebles necesarios para
la implantación del Proyecto (artículo 8º literal A) de la Ley de
Promoción Industrial).