VISTO: la solicitud de la firma ALUMINIO DEL URUGUAY S.A., que se
dedica a la producción y comercialización de productos extruídos de
aluminio y de envases flexibles laminados con aluminio y envases flexibles
de diversos films plásticos, impresos y sin impresión, tendiente a
obtener, al amparo del Decreto Ley Nº 14.178 de Promoción Industrial, del
28 de marzo de 1974 y de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998, la
declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar según
su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales;
RESULTANDO: I) el proyecto presentado tiene como objetivo realizar un
conjunto de inversiones que reafirmen la estrategia exportadora y de
especialización productiva de la empresa;
II) la Comisión de Aplicación creada por el art. 12 de la Ley No. 16.906
del 7 de enero de 1998 considera que corresponde la declaratoria
promocional para la actividad del proyecto de inversión presentado por
ALUMINIO DEL URUGUAY S.A. y propone medidas promocionales
CONSIDERANDO: que el proyecto presentado por la firma ALUMINIO DEL
URUGUAY S.A., de acuerdo a lo informado por la Dirección Nacional de
Industrias, es viable técnica, financiera y económicamente y encuadra en
los lineamientos del Decreto Ley Nº 14.178 del 28 de marzo de 1974 y de la
Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998;
ATENTO: a lo expuesto, lo aconsejado por la Comisión de Aplicación
(art. 12 de la Ley 16.906) y lo establecido por el Decreto Ley Nº 14.178
de Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y por la Ley No. 16.906
del 7 de enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
ALUMINIO DEL URUGUAY S.A., que tiene como finalidad realizar un conjunto
de inversiones que reafirmen la estrategia exportadora y de
especialización productiva de la empresa.