Visto: la comunicación realizada por la Comisión del Patrimonio Histórico
Artístico y Cultural de la Nación, gestionando mantener la afectación como
Monumentos Históricos de los inmudables padrones 169.540 y 173.176, ambos
del Departamento de Montevideo.
Resultando: Que dicha afectación fue dejada sin efecto por resolución del
Poder Ejecutivo de fecha 17 de octubre de 1989.
Considerando: que las razones esgrimidas para desafectar los bienes no
refutan la fundamentación realizada oportunamente, por la Comisión del
Patrimonio Histórico Artístico y Cultural de la Nación, referida tanto a
las construcciones como a las obras de artistas del Taller Torres García
integradas a los mismos,
Atento: a lo expuesto.
El Presidente de la República,
RESUELVE:
Revócase por razones de mérito la resolución del Poder Ejecutivo de
fecha 17 de octubre de 1989, manteniéndose en todos sus términos la
declaración de Monumentos Históricos realizada por resolución 38/987 de 30
de enero de 1987, relativa a los padrones 169.540 y 173.176 de Montevideo.
(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 575/992 de 18/08/1992 numeral 1.
Comuníquese a la Dirección General del Catastro Nacional, al Registro
General de Inhibiciones (Sección Reivindicaciones), a la Intendencia
Municipal de Montevideo (Dirección de Arquitectura y Dirección del Plan
Regulador), al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (Dirección de
Arquitectura y Dirección de Vialidad) al Ministerio de Educación y
Cultura, a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de
la Nación y a los propietarios de los inmuebles mencionados en el Visto de
la presente resolución. Publíquese y cumplido, archívese.