Comuníquese a la Dirección General del Catastro Nacional, al Registro
General de Inhibiciones (Sección Reivindicaciones), a la Intendencia
Municipal de Montevideo (Dirección de Arquitectura y Dirección del Plan
Regulador), al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (Dirección de
Arquitectura y Dirección de Vialidad) al Ministerio de Educación y
Cultura, a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de
la Nación y a los propietarios de los inmuebles mencionados en el Visto de
la presente resolución. Publíquese y cumplido, archívese.