Exonérase a la empresa CERRO FREE PORT S.A., del Impuesto a las
Transmisiones Patrimoniales que grave las enajenaciones de los predios a
adquirir, con el único objeto de dar asiento a la construcción de los
accesos vial y ferroviario, fuera del recinto portuario, siempre que su
destino sea la cesión de los mismos al Estado, por un monto máximo
imponible de US$ 600.000.- (dólares americanos seiscientos mil).