Autorízase a la empresa ALWAYS HOTEL S.R.L. a usufructuar el beneficio previsto en el artículo 3º del inciso a. del Decreto Nº 175/003, otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado y por la Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social incluidos en la adquisición en plaza de bienes y servicios destinados a la construcción (infraestructura y obra civil), por hasta un monto imponible de U$S 1.187.859 (dólares americanos un millón ciento ochenta y siete mil ochocientos cincuenta y nueve).