El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º
de la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social
de la empresa Enrique Aguerrebere S.A. hasta un monto en moneda nacional
equivalente a U$S 14.800 y siempre que se realicen dentro del plazo de 1
año y medio a partir de la presente resolución, todo de acuerdo a lo
dispuesto por el artículo 64 del decreto 663/979 del 19 de noviembre de
1979.