Visto: la gestión de la Comisión del Patrimonio Histórico Artístico y
Cultural de la Nación, para declarar Monumento Histórico la "Quinta
del Horno" en el departamento de San José.
Resultando: que el inmueble mencionado es la casa más antigua de la
ciudad que data de las primeras décadas del siglo XIX, perteneciente a
una de las familias fundadoras de San José la familia Larriera.
Considerando: I) Que en dicha ciudad con el paso del tiempo han ido
desapareciendo importantes testimonios arquitectónicos de los siglos
XVIII y XIX siendo la "Quinta del Horno" uno de los pocos exponentes
que perduran de esa época de gran significación histórica en su
construcción;
II) Que al asegurar la preservación de este bien se contribuye al
mantenimiento de ejemplos testimoniales de nuestra historia.
Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Comisión
del Patrimonio Histórico Artístico y Cultural de la Nación y a lo
preceptuado por la ley 14.040 de 20 de octubre de 1971 y su decreto
reglamentario 536/972 de 1º de agosto de 1972,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Dicho bien quedará afectado por las siguientes servidumbres:
a) Prohibición de realizar modificaciones arquitectónicas que alteren
las líneas el carácter o la finalidad del bien sin previo
consentimiento de la Comisión del Patrimonio Histórico Artístico y
Cultural de la Nación;
b) Prohibición de destinar el bien a usos incompatibles con las
finalidades de la ley 14.040 de 20 de octubre de 1971;
c) Obligación de proveer a la conservación del mismo y de ejecutar las
reparaciones necesarias para este fin;
d) Obligación de permitir las inspecciones que disponga la Comisión
del Patrimonio Histórico Artístico y Cultural de la Nación a los fines
de la comprobación del estado de conservación del bien y fiel cumplimiento
de las obligaciones y prohibiciones consagradas por la ley 14.040.
Comunicar al Registro General de Inhibiciones (Sección Reivindicaciones)
a la Dirección Nacional de Catastro, al Ministerio de Transporte y Obras
Públicas, a la Secretaría General de la Asamblea General del Poder
Legislativo, a la Intendencia Municipal de San José a la Comisión del
Patrimonio Histórico Artístico y Cultural de la Nación, cumplido,
archívese.