AMPLIACION DE PROYECTO DE INVERSION. CRISTALPET S.A.




Promulgación: 19/12/2006
Publicación: 08/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1773

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 Difiérese, de acuerdo a lo establecido por el literal b del art. 2° del decreto 508/03 de 10 de diciembre de 2003, la imputación de la renta neta fiscal no exonerada, por un monto equivalente al restante 50 % (US$ 1.895.904) de la inversión ejecutada y financiada con aporte propio o fondos generados en operaciones por el proyecto. La renta que se difiere se imputará en el quinto ejercicio siguiente a aquel en que se compromete la inversión, según cronograma presentado (1°/05/05 - 30/04/06).
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