Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la conveniencia de descongestionar la labor del Poder Ejecutivo.
Resultando: I) Que el Poder Ejecutivo en la consideración de asuntos vinculados a los cometidos de Transporte y Obras Públicas aprueba planimetrías y convenios para la ejecución de obras, autoriza la ejecución
de obras, por administración directa y aplica sanciones por infracciones al decreto ley 14.650 de 12 de mayo de 1977;
II) Que dichas actuaciones constituyen un volumen considerable de los
asuntos sometidos a su resolución.
Considerando: I) Que a los efectos de descongestionar la labor del Poder Ejecutivo, se estima conveniente proceder a su delegación;
II) Que la referida delegación cumple con el objetivo de la desburocratización, en tanto al relevarlo de los asuntos meramente rutinarios, permite al Poder Ejecutivo una mayor agilidad y eficiencia en el cumplimiento de sus cometidos, y asimismo, una simplificación del trámite de referencia.
Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por los artículos
160 y 168 numeral 24 de la Constitución de la República y a lo aconsejado en el marco del Programa Nacional de Desburocratización.
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros,
RESUELVE:
Deléganse en el Ministro de Transporte y Obras Públicas o en quien haga
sus veces, las atribuciones del Poder Ejecutivo concernientes a aprobación
de planimetrías y convenios celebrados entre personas jurídicas de Derecho
público para la ejecución de obras, autorización para la ejecución de obras por administración directa y aplicación de sanciones por infracciones al decreto ley 14.650 de 12 de mayo de 1977.
Sin perjuicio de lo establecido, el Poder Ejecutivo podrá avocar las atribuciones delegadas, como asimismo el Ministro de Transporte y Obras Públicas, someterlas a consideración de aquél.
El Ministro remitirá a la Secretaría de la Presidencia de la República,
fotocopia de las resoluciones que se hubieren dictado en ejercicio de las atribuciones delegadas dentro del plazo de cuarenta y ocho horas.
LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ - HECTOR GROS ESPIELL - IGNACIO RISSO - GUILLERMO GARCIA COSTA - WILSON ELSO GOÑI - AUGUSTO MONTESDEOCA - ENRIQUE ALVARO CARBONE - CARLOS E. DELPIAZZO - ALVARO RAMOS - JOSE VILLAR GOMEZ - RAUL LAGO