Exonérase en forma total a la empresa SOCIEDAD URUGUAYA DE ESMALTADO
S.A. de todo recargo incluso el mínimo, derechos y tasas consulares,
Impuesto Aduanero Unico a la Importación, Tasa de Movilización de Bultos y
en general, todo tributo cuya aplicación corresponda en ocasión de la
importación del siguiente equipamiento previsto en el proyecto y declarado
"no competitivo de la industria nacional":
- Un (1) horno de reenvío para esmaltar en construcción ligera.