El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9
del decreto ley 14.178, con la redacción dada por el artículo 201 de la
ley 15.851 se aplicará a las nuevas Integraciones de capital social de la
empresa TARPRIR S.A. hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$S
390.400 y siempre que se realice dentro del plazo de 18 meses a partir del
1º de mayo de 1991, todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 111 del
decreto 840/988 del 14 de diciembre de 1988.