VISTO: La solicitud de la empresa GENOVES S.R.L., RUT 100110620018, de
obtener la declaratoria promocional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales.
RESULTANDO: Que el proyecto presentado tiene como objetivo la
incorporación de paneles solares térmicos para el agua caliente sanitaria
y de piscinas, así como duchas eficientes en todas las habitaciones del
Hotel Genovés ubicado en la ciudad de Piriápolis, departamento de
Maldonado.
CONSIDERANDO: I) Que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12° de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizada por el Ministerio de Turismo y Deporte, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley.
II) Que el proyecto presentado por GENOVES S.R.L. da cumplimiento con el
artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de 1998.
ATENTO: A lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974, Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998, Decreto 175/003 del 7 de mayo de 2003 y modificativos y
Decreto 455/007 del 26 de noviembre de 2007 y modificativos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
la empresa GENOVES S.R.L. tendiente a la incorporación de paneles solares
térmicos para el agua caliente sanitaria y de piscinas, así como duchas
eficientes en todas las habitaciones del Hotel Genovés ubicado en la
ciudad de Piriápolis, departamento de Maldonado, por un monto de UI
244.686, considerada en su totalidad inversión elegible.