El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: la nota del sindicato Unión Nacional de Trabajadores del Metal y ramas afines (UNTMRA) y la situación de las personas ex trabajadores de la empresa KPM S.R.L.;
RESULTANDO: I) que la empresa KPM S.R.L, tiene su gira en la industria metalúrgica, estando comprendida en el Consejo de Salarios del Grupo 8, subgurpo Grupo 01; y prestó servicios en la refinería de la Teja de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland (en adelante ANCAP);
II) como consecuencia de que la Gerencia General de ANCAP constato que la empresa no cumplía con sus obligaciones rescindido el contrato;
III) que el sindicato UNTMRA solicito a esta Secretaría de Estado contemplar a la situación de desempleo forzoso de las personas ex trabajadoras de la empresa de la empresa referida presentemente.;
IV) que el Directorio de ANCAP en sesión del 25 de mayo de 2026 aprobó la Resolución N° 294/5/2026, mediante la cual a efectos de mantener los puestos de trabajo de las personas ex trabajadoras de la firma de KPM S.R.L., ANCAP se comprometió a incluir una cláusula en el pliego de condiciones particulares de la Licitación Abreviada N° 1500207700 que obligue a la nueva empresa a contratar a todos las personas trabajadoras que cumplan con las condiciones establecidas en el pliego licitatorio;
CONSIDERANDO: I) que es de interés del Ministerio de Trabajo llevar adelante estrategias que den respuesta las personas trabajadoras ante la contingencia de desempleo forzoso a través de la articulación de políticas activas y pasivas de empleo;
II) que el artículo 10 del Decreto - Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008, faculta al Poder Ejecutivo a establecer por razones de interés general y por el plazo no mayor a un año regímenes especiales de subsidio por desempleo y que por Resolución del Poder Ejecutivo N° 565/010, de 12 de abril de 2010 se delegó en el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o quien haga sus veces, las atribuciones referidas precedentemente;
III) que, en el caso de los extrabajadores de la empresa KPM S.R.L., se encuentra justificado hacer uso de la facultad referida en el numeral anterior, por los fundamentos expresados anteriormente y la especialización adquirida por las personas trabajadoras involucrados;
IV) que tomando en consideración lo expresado en los Considerandos precedentes y con la finalidad de mitigar el impacto causado por el abrupto cese de actividades de la empresa, se estima oportuno en el caso, establecer un subsidio equivalente al máximo autorizado por el artículo 10 del Decreto - Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.399, de 14 de octubre de 2008;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo establecido en el artículo 10 del Decreto-Ley N° 15.180, de 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.399, de 24 de octubre de 2008, y en la Resolución del Poder Ejecutivo N° 565/010, de 12 de abril de 2010;
EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
en ejercicio de atribuciones delegadas
RESUELVE
1
Establecese un régimen especial de subsidio por desempleo para las personas ex trabajadoras de la empresa KPM S.R.L.