Declárese que deberá darse estricto cumplimiento a las normas vigentes
emanadas de las autoridades competentes en la implantación, ejecución y
funcionamiento del presente proyecto. Su incumplimiento podrá, cuando a
ello hubiere mérito, traer aparejado de oficio o a petición de parte de la
autoridad respectiva, la revocación de la Declaración de Interés Nacional,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 del decreto-ley 14.178
de Promoción Industrial y demás disposiciones concordantes o que se
establezcan.