El abatimiento dispuesto por el artículo 331 de la Ley Nº 16.736 de 5 de
enero de 1996, en la financiación 1.4 "Fondo de inversiones del
MTOP-FIMTOP", representó para el ejercicio 2000 $ 6.645.770 (pesos
uruguayos seis millones seiscientos cuarenta y cinco mil setecientos
setenta).
El 30% (treinta por ciento) de las economías efectivas generadas en esa
financiación por la reformulación de la estructura organizativa, asciende
a $ 758.208 (pesos uruguayos setecientos cincuenta y ocho mil doscientos
ocho). Por tratarse de un importe inferior al referido precedentemente,
el abatimiento complementario que hubiera correspondido practicar,
asciende a la suma de $ 5.887.562 (pesos uruguayos cinco millones
ochocientos ochenta y siete mil quinientos sesenta y dos), para dar
cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto Nº 468/997 de
11 de diciembre de 1997.