Los montos de economías efectivas del crédito permanente y su
correspondiente reasignación están determinados a partir del año
siguiente al que fueron generadas.
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Nº 482/001 de 5 de
diciembre de 2001, la Dirección Nacional de Vialidad deberá presentar en
un plazo de 30 días a partir de la aprobación de la presente Resolución,
el detalle de las economías presupuestales generadas en cada semestre de
los ejercicios 1999 y 2000 con el fin de reasignar el crédito del
ejercicio correspondiente.