Autorízase a la empresa ODAMAR S.A. (Parque Hotel Jean Clevers) a
usufructuar las exoneraciones previstas en el artículo 3o. Inciso 2o. del
Decreto 291/995 (exoneración del Impuesto al Valor Agregado a la
importación de bienes destinados a la construcción -infraestructura y obra
civil-) en relación a los siguientes bienes, y por hasta la suma de
U$S.902.500: mampostería, cielorrasos, tejas, revestimientos para piso y
pared, aberturas, instalación eléctrica y sanitaria, aire acondicionado,
ascensor, vidrios y elementos para piscina. (*)