VISTO: la solicitud de la firma FARGIA URUGUAY S.A. (en formación), que
se dedicará a la fabricación de artículos plásticos (industriales, de
bazar y sanitarios), en base a la transformación de artículos
termoplásticos, tendiente a obtener, la declaratoria promocional para la
actividad que se propone realizar según su proyecto de inversión y la
concesión de diversos beneficios promocionales;
RESULTANDO: el proyecto presentado tiene como objetivo la formación de
una nueva empresa para la instalación de una planta industrial que se
dedicará a la fabricación de artículos plásticos;
CONSIDERANDO: lo informado por la Dirección Nacional de Industrias del
Ministerio de Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación
creada por el art. 12 de la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998 que
estiman conveniente acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado
por FARGIA URUGUAY S.A. (en formación), que tiene por objeto la
instalación de una planta industrial que se dedicará a la fabricación de
artículos plásticos (industriales, de bazar y sanitarios), en base a la
transformación de resinas termoplásticas.
SANGUINETTI - JULIO HERRERA - JUAN ALBERTO MOREIRA