Visto: la gestión realizada por los condominios del padrón 104.343 sito
en Carlos Berg 2475, tendiente a la desafectación como Monumento
Histórico del mencionado inmueble.
Considerando: I) Dicho inmueble es propiedad de los sucesores del señor
Stelio Belloni García, nietos del escultor José Belloni;
II) Que el inmueble cuya desafectación se solicitó, es lindero del
inmueble padrón 104.346, propiedad del escultor, el cual también es
Monumento Histórico;
III) que la reafectación del inmueble padrón 104.343 se produjo por
resolución 293 del 4 de marzo de 1986.
Resultando: I) Que la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico
yCultural de la Nación, emite su opinión en sentido de acoger la solicitud
planteada por los propietarios del inmueble;
II) Que la finca no perteneció al escultor sino a sus descendientes y
no posee ningún valor histórico, arquitectónico o testimonial que deba ser
preservado como Monumento;
III) Que el inmueble propiedad del artista, mantendrá la característica
de Monumento Histórico, y la presente desafectación no le causare
perjuicio menoscabo de naturaleza alguna.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por la ley
14.040,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Desafectar como Monumento Histórico, el padrón 104.343, ubicado en
la calle Carlos Berg 2475 de la ciudad de Montevideo, quedando sin efecto
las servidumbres que gravan el inmueble.
Comunicar al Ministerio de Educación y Cultura, a la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a la Intendencia
Municipal de Montevideo, a la Dirección Nacional de Catastro, al Registro
General de Traslaciones de Dominio de Montevideo, al Registro General de
Inhibiciones, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Consejo
Nacional de Educación Primaria.