DESAFECTACION DE MONUMENTO HISTORICO. MONTEVIDEO




Promulgación: 13/11/1991
Publicación: 17/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1991
  •    Página: 698
   Visto: la gestión realizada por los condominios del padrón 104.343 sito
en Carlos Berg 2475, tendiente a la desafectación como Monumento
Histórico del mencionado inmueble.

   Considerando: I) Dicho inmueble es propiedad de los sucesores del señor
Stelio Belloni García, nietos del escultor José Belloni;

   II) Que el inmueble cuya desafectación se solicitó, es lindero del
inmueble padrón 104.346, propiedad del escultor, el cual también es
Monumento Histórico;

   III) que la reafectación del inmueble padrón 104.343 se produjo por
resolución 293 del 4 de marzo de 1986.

   Resultando: I) Que la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico
yCultural de la Nación, emite su opinión en sentido de acoger la solicitud
planteada por los propietarios del inmueble;

   II) Que la finca no perteneció al escultor sino a sus descendientes y
no posee ningún valor histórico, arquitectónico o testimonial que deba ser
preservado como Monumento;

   III) Que el inmueble propiedad del artista, mantendrá la característica
de Monumento Histórico, y la presente desafectación no le causare
perjuicio menoscabo de naturaleza alguna.

   Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido  por la ley
14.040,

   El Presidente de la República

                                  RESUELVE:

1

      Desafectar como Monumento Histórico, el padrón 104.343, ubicado en
la calle Carlos Berg 2475 de la ciudad de Montevideo, quedando sin efecto
las servidumbres que gravan el inmueble.

2

      Comunicar al Ministerio de Educación y Cultura, a la Comisión del
Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a la Intendencia
Municipal de Montevideo, a la Dirección Nacional de Catastro, al Registro
General de Traslaciones de Dominio de Montevideo, al Registro General de
Inhibiciones, al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, Consejo
Nacional de Educación Primaria.

LACALLE HERRERA - GUILLERMO GARCIA COSTA
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