Visto: la gestión realizada por los condominios del padrón 104.343 sito
en Carlos Berg 2475, tendiente a la desafectación como Monumento
Histórico del mencionado inmueble.
Considerando: I) Dicho inmueble es propiedad de los sucesores del señor
Stelio Belloni García, nietos del escultor José Belloni;
II) Que el inmueble cuya desafectación se solicitó, es lindero del
inmueble padrón 104.346, propiedad del escultor, el cual también es
Monumento Histórico;
III) que la reafectación del inmueble padrón 104.343 se produjo por
resolución 293 del 4 de marzo de 1986.
Resultando: I) Que la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico
yCultural de la Nación, emite su opinión en sentido de acoger la solicitud
planteada por los propietarios del inmueble;
II) Que la finca no perteneció al escultor sino a sus descendientes y
no posee ningún valor histórico, arquitectónico o testimonial que deba ser
preservado como Monumento;
III) Que el inmueble propiedad del artista, mantendrá la característica
de Monumento Histórico, y la presente desafectación no le causare
perjuicio menoscabo de naturaleza alguna.
Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido por la ley
14.040,
El Presidente de la República
RESUELVE:
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Desafectar como Monumento Histórico, el padrón 104.343, ubicado en
la calle Carlos Berg 2475 de la ciudad de Montevideo, quedando sin efecto
las servidumbres que gravan el inmueble.