VISTO: La solicitud de la empresa MARCELO RAMÓN ROMERO WAKSMAN, de obtener
la declaratoria promocional para la actividad que se propone realizar
según su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales.
RESULTANDO: Que el proyecto presentado tiene como objetivo la construcción
del Hotel El Jardín, ubicado en Luis Batlle Berres 984, Paysandú,
departamento de Paysandú.
CONSIDERANDO: I) Que la Comisión de Aplicación creada por el art. 12º de
la Ley 16.906, de 7 de enero de 1998, en base al informe de evaluación y
la recomendación realizada por el Ministerio de Turismo y Deporte, decide
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento de beneficios establecidos
en la citada Ley.
II) Que el proyecto presentado por MARCELO RAMÓN ROMERO WAKSMAN da
cumplimiento con el artículo 11 de la Ley No. 16.906, de 7 de enero de
1998.
ATENTO: a lo expuesto, a lo establecido por el Decreto Ley No. 14.178 de
Promoción Industrial del 28 de marzo de 1974 y Ley No. 16.906 del 7 de
enero de 1998 y el Decreto 455/007 del 26 de noviembre de 2007 y
modificativos.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovida la actividad del proyecto de inversión presentado por
MARCELO RAMÓN ROMERO WAKSMAN, tendiente a la construcción del Hotel El
Jardín, en el departamento de Paysandú, por un monto de UI 791.931.