El pago provisorio referido a los salarios mínimos en las categorías
que se indican será la siguiente:
TRABAJADORES RURALES EMPLEADOS EN LAS LABORES DE AGRICULTURA, GANADERIA Y
FORESTACION:
Administrador 321.00
Capataz 274.00
Escribiente y Maquinista Forestal 264.00
Peón Especializado, Tractorista, Sereno, Peón
Chacarero y Guarda Bosques 241.00
Peón Común 231.00
Cocinero y Menores de 18 años 201.00
Servicio Doméstico 187.00
Tropero, Jornalero y Peón Zafral 11.00
TRABAJADORES DE GRANJAS, JARDINES, VIÑEDOS, CRIADORES DE AVES, SUINOS Y
CONEJOS, APIARIOS Y ESTABLECIMIENTOS PRODUCTORES EN GENERAL DE VERDURAS,
LEGUMBRES, TUBERCULOS, FRUTAS Y FLORES:
Administrador 306.00
Capataz 251.00
Escribiente 240.00
Peón Especializado 216.00
Sereno 216.00
Peón Chacarero 216.00
Peón Común 205.00
Menor de 18 años 179.00
Cocinero 179.00
Servicio Doméstico 175.00
Jornalero 9.00
Los importes precedentes corresponden a aportaciones mensuales (salvo
los casos que se indican especialmente).
Para calcular la aportación diaria deberá dividirse los montos
indicados entre 25.