El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el Art. 9 del
decreto ley 14.178, con la redacción dada por el Art. 201 de la ley 15.851
se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de la empresa
ACAMAY S.A. hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$S 75.100 y
siempre que se realicen dentro del plazo de 18 meses a partir de la
presente resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 111 del
decreto 840/988 del 14 de diciembre de 1988.