DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. JHSF URUGUAY S.R.L.




Promulgación: 10/06/2010
Publicación: 25/06/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 1224

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 Los bienes que se incorporen con destino a la Obra Civil e
Infraestructura, para llevar a cabo la actividad del Proyecto de Inversión
que se declara promovido en la presente resolución, por un monto máximo de
UI 94:598.629, así como también el predio asiento de la inversión, se
podrán computar como activos exentos a efectos de la liquidación del
Impuesto al Patrimonio por el término de 11 años y los bienes de Activo
Fijo destinados al equipamiento, por un monto máximo de UI 24:934.508 por
el término de 5 años, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3° lit. d.
del Dec. 175/003. En ambos casos a partir del ejercicio de su
incorporación inclusive. A los efectos del cálculo del pasivo computables
los citados bienes serán considerados activos gravados.
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