El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el artículo 9º de
la ley 14.178 se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de
la empresa IASA hasta un monto en moneda nacional equivalente a U$$
116.200,00 y siempre que se realicen dentro del plazo de 2 años a partir
de la presente resolución, todo de acuerdo a lo dispuesto pro el artículo
64 del decreto 663/979 del 19 de noviembre de 1979.