Autorízase a la empresa MARYSTAY S.A. a usufructuar el beneficio
previsto en el artículo 3° inciso a. del Decreto N° 175/003, otorgamiento
de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado incluido en la
adquisición en plaza de bienes y servicios destinados a la construcción
(infraestructura y obra civil), por hasta un monto imponible de UI
34.518.870. Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo
procedimiento que rige para los exportadores. (*)
(*)Notas:
Redacción dada por: Resolución Nº 540/010 de 24/03/2010 numeral 1.
TEXTO ORIGINAL: Resolución Nº 936/009 de 14/09/2009 numeral 3.