AUTORIZACION AL MINISTERIO DE VIVIENDA Y PROMOCION SOCIAL, A CONTRATAR OBRAS PARA EJECUTAR PROGRAMAS DE ERRADICACION DE AGRUPAMIENTOS HABITACIONALES MARGINALES
El monto a que se refiere el artículo 1º se atenderá con cargo al artículo
29º de la ley 11.925, de 27 de marzo de 1953, en carácter de oportuno
reintegro.