Visto: la solicitud de Tomas Cantore Servicios Aéreos S.A., para que
se le autorice a operar servicios de transporte aéreo público interno e
internacional no regular de pasajeros y carga en la modalidad de taxi
aéreo entre puntos del territorio nacional y hacia y desde puntos en
territorio de la República Argentina, de Brasil y Paraguay con base en el
Aeropuerto Ricardo Detomasi, Mercedes (departamento de Soriano).
Resultando: que han sido cumplidos los requisitos establecidos por las
reglamentaciones aplicables para la instrucción de la gestión en vista
sin que se haya formulado observación alguna, Decreto 39/977 del 25 de
enero de 1977 y Normas de Política Aeronáutica aprobadas por Decreto 325
de 26 de abril de 1974.
Considerando: I) que no existen impedimentos de orden jurídico para
conceder la autorización solicitada siendo ella coincidente con los
lineamientos de la política aeronáutica vigente.
II) que realizados los estudios, evaluaciones y dictámenes previstos
por el artículo 17 del Decreto 39/977 mencionado corresponde dictar
Resolución.
Atento: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por PLUNA,
Asesoría Letrada de la Dirección General de Aviación Civil, Comando
General de la Fuerza Aérea Uruguaya, Comisión Nacional de Política
Aeronáutica y a lo preceptuado por el Título IX del Código Aeronáutico,
Decreto 39/977 de fecha 25 de enero de 1977 y Decreto 158/978 de fecha 23
de marzo de 1978.
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Autorízase a Tomas Cantore Servicios Aéreos S.A., con domicilio en el
Aeropuerto Ricardo Detomasi, Mercedes (departamento de Soriano) a operar
servicios de transporte aéreo público interno e internacional no regular
de pasajeros y carga, en la modalidad de taxi aéreo, entre puntos del
territorio y hacia y desde puntos en territorio de la República
Argentina, de Brasil y Paraguay con base de operaciones en el Aeródromo
Ricardo Detomasi.
LACALLE HERRERA - DANIEL HUGO MARTINS - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - JOSE
LUIS OVALLE