El beneficio de canalización del ahorro dispuesto por el art. 9 de la
Ley Nº 14.178, con la redacción dada por el art. 201 de la ley Nº 15.851,
se aplicará a las nuevas integraciones de capital social de la empresa
LENCI S.A., en virtud de aportes que realice la empresa SAGRIN S.A., hasta
un monto en moneda nacional equivalente a U$S 1.500.109, siempre que se
realicen dentro del plazo de 18 meses a partir de la presente resolución,
todo de acuerdo a lo dispuesto por el art. 111 del Decreto Nº 840/988 del
14 de diciembre de 1988.