VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC), da cuenta de la gestión promovida
por la empresa "MERCEDES CABLE VISION S.R.L.", permisionaria del servicio
de televisión para abonados en diversas localidades, por la cual solicita
autorización para transferir dicha titularidad a favor de la empresa
"ALDITUR S.A.".-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de
julio de 1993, se autorizó a la gestionante a prestar el servicio de
televisión para abonados por el sistema cable en la ciudad de Mercedes y
por la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 1998 en
el marco de la ampliación del área de servicios dispuesta por la
Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de 1997, se autorizó
el servicio también por el sistema cable, en las localidades de
Agraciada, Balneario La Concordia, Cañada Nieto, Egaña, Palo Solo, Risso,
Santa Catalina, Villa Soriano y Villa Darwin del Departamento de Soriano
y por el sistema TDH en las localidades de Agraciada, La Concordia,
Cañada Nieto, Egaña, Palo Solo, Risso, Santa Catalina, Villa Soriano,
Chacras de Dolores, Colonia Concordia, La Loma, Villa Darwin y zonas
rurales del departamento de Soriano.-
II) que la cesionaria, sociedad de acciones nominativas, está integrada
por el señor José Antonio Trullén Chequi y Mario Julio Muzio Garayalde,
quienes cumplen los requisitos previstos por el artículo 9no. literal A.
del Decreto 349/990 de 7 de agosto de 1990.-
CONSIDERANDO: I) que han sido observadas las exigencias dispuestas por la
normativa vigente en la materia.-
II) que no existen inconvenientes para acceder a lo solicitado.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto
349/990 de 7 de agosto de 1990, Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001, a lo
informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones y por
la Asesoría Letrada de la misma.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Autorízase a "MERCEDES CABLE VISION S.R.L.", a transferir la titularidad
de los servicios de televisión para abonados, autorizados por las
Resoluciones del Poder Ejecutivo 545/993 de 2 de julio de 1993 y 214/998
de 10 de marzo de 1998, numeral 40, en el marco de ampliación de áreas de
servicios, a favor de "ALDITUR S.A.", integrada por los señores José
Antonio Trullén Chequi y Mario Julio Muzio Garayalde.-
(*)Notas:
Ver vigencia: Resolución Nº 1.001/003 de 29/07/2003 numeral 1.