VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Unidad Reguladora de
Servicios de Comunicaciones (URSEC) da cuenta de la solicitud presentada
por Luis García Da Rosa, para que se le autorice a cambiar el sistema TDH
(Televisión Satelital Directa al Hogar) autorizado, por el sistema
"cable", para prestar el servicio de televisión para abonados en la
localidad de Baltasar Brum del departamento de Artigas.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 956/992 de 24 de
noviembre de 1992, se autorizó al mencionado titular a prestar el
servicio de televisión para abonados por la modalidad cable en la
localidad de Bella Unión del Departamento de Artigas.-
II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de
1997, se autorizó a que los permisionarios del interior del país
ampliaran su área de servicio hacia zonas rurales y centros poblados de
baja densidad de habitantes del Departamento en que estuvieren operando,
empleando distintas tecnologías aptas para ello.-
III) que los proyectos de expansión presentados por el señor Luis García
Da Rosa fueron aprobados por el Poder Ejecutivo, de acuerdo a lo
dispuesto en el numeral 30mo. de la Resolución del Poder Ejecutivo
214/998 de 10 de marzo de 1998.-
CONSIDERANDO: I) que en el marco de la ampliación del área de servicio,
fue autorizado el sistema TDH (Televisión Satelital Directa al Hogar)
para las localidades de Baltasar Brum, Bernabé Rivera, Las Piedras,
Montes Quintela, Tomás Gomensoro, Topador y zonas rurales del
departamento de Artigas.-
II) que desde el punto de vista técnico-económico, resulta beneficioso
para los pobladores de la referida localidad, que el suministro del
Servicio de Televisión para Abonados sea efectuado por el sistema
"cable".-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por la Ley 17.296
de 21 de febrero de 2001 y a lo informado por la Asesoría Letrada de la
Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase a Luis García Da Rosa, a sustituir el sistema inalámbrico
denominado TDH (Televisión Satelital Directa al Hogar) autorizado, por el
sistema "cable", para prestar el servicio de televisión para abonados en
la localidad de Baltasar Brum, del departamento de Artigas.-
Otórgase un plazo de 60 días, que se contará a partir de la notificación
de la presente Resolución, para la presentación ante "URSEC" del proyecto
técnico correspondiente con toda la información o documentación que
requeriera dicho organismo. El incumplimiento de este requisito aparejará
la caducidad de pleno derecho de la presente autorización.-
Determínase que la presente autorización tendrá carácter de precaria y
revocable en cualquier momento, sin derecho a indemnización de clase
alguna y se regirá por las condiciones previstas en el proyecto
respectivo a los que impusiera la "URSEC" para complementarlo o adecuarlo
a los criterios técnicos y a las disposiciones legales o reglamentarias.
Cuando existiere discrepancias o contradicciones entre el proyecto
presentado por la interesada y las normas reglamentarias y técnicas
dictadas por la "URSEC" prevalecerán estas últimas.-
Establécese que el presente permiso no da derecho alguno a exigir la
autorización de proyectos complementarios, ni garantiza o concede
monopolio ni exclusividad alguna para la prestación del servicio en las
localidades adjudicadas.-