AUTORIZACION PARA CAMBIO DE LA TELEVISION SATELITAL DIRECTA AL HOGAR POR EL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. BALTASAR BRUM. ARTIGAS




Promulgación: 05/06/2002
Publicación: 11/06/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 974
Referencias a toda la norma

3

 Determínase que la presente autorización tendrá carácter de precaria y 
revocable en cualquier momento, sin derecho a indemnización de clase 
alguna y se regirá por las condiciones previstas en el proyecto 
respectivo a los que impusiera la "URSEC" para complementarlo o adecuarlo 
a los criterios técnicos y a las disposiciones legales o reglamentarias. 
Cuando existiere discrepancias o contradicciones entre el proyecto 
presentado por la interesada y las normas reglamentarias y técnicas 
dictadas por la "URSEC" prevalecerán estas últimas.-
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