Visto: la solicitud de la firma PARMALAT URUGUAY S.A., dedicada a la
fabricación de productos lácteos, tendiente a obtener al amparo del Dec.
Ley Nº 14.178 de Promoción Industrial, del 28 de marzo de 1974, la
declaración de Interés Nacional para la actividad que se propone realizar
según su proyecto de inversión y la concesión de diversos beneficios
promocionales;
Resultando: I) el proyecto presentado tiene por objetivo la ampliación
de su capacidad de producción, mediante la instalación de una Planta de
elaboración de leche en polvo y de una Planta de elaboración de leche
larga vida;
II) la Unidad Asesora de Promoción Industrial resolvió propiciar la
declaración de Interés Nacional para la actividad del proyecto de
inversión presentado por PARMALAT URUGUAY S.A. y propone medidas
promocionales;
Considerando: que el proyecto presentado por la firma PARMALAT URUGUAY
S.A., es viable técnica, financiera y económicamente y encuadra en los
lineamientos del Decreto Ley Nº 14.178 del 28 de marzo de 1974;
Atento: a lo expuesto, lo aconsejado por la Unidad Asesora de Promoción
Industrial, y lo establecido por el Decreto Ley Nº 14.178 de Promoción
Industrial del 28 de marzo de 1974;
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Declárase de Interés Nacional la actividad del proyecto de inversión
presentado por PARMALAT URUGUAY S.A., que tiene como finalidad ampliar su
capacidad de producción mediante la instalación de dos Plantas: una de
elaboración de leche en polvo y otra de elaboración de leche larga vida.
SANGUINETTI - JULIO HERRERA - JUAN ALBERTO MOREIRA