A los efectos de la aplicación de los beneficios promocionales dispuestos
precedentemente, así como de lo establecido en la Resolución de la
Administración de Puertos del 19/3/987 el Ministerio de Industria,
Energía y Minería previo informe de la Unidad Asesora, certificará a
los organismos competentes la pertinencia de los mismos, de acuerdo con
su adecuación al proyecto declarado de Interés Nacional.