DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. CANELONES




Promulgación: 02/10/1996
Publicación: 29/10/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1996
  •    Página: 847

2

   El inmueble queda afectado por las siguientes servidumbres: a)
prohibición de realizar cualquier modificación arquitectónica que altere
las líneas, el carácter o la finalidad del edificio, b) destinar el
Monumento Histórico a usos incompatibles con la finalidad de la ley
citada, c) obligación de proveer a la conservación del inmueble y de
efectuar las reparaciones necesarias para ese fin, d) permitir las
inspecciones que disponga la Comisión del Patrimonio a fin de constatar
el estado del bien y del cumplimiento de las servidumbres.
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