VISTO: estos antecedentes relacionados con la Licitación Pública Nº
23/99, convocada por el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, para la "Concesión de la Construcción
mantenimiento y explotación de un Centro Deportivo en la Ciudad de Las
Piedras" (Departamento de Canelones), con el objetivo de prestar
servicios deportivos y apoyar la educación física de la referida zona y
sus alrededores.
RESULTANDO: I) Que en el citado acto convocado para el día 14 de
setiembre de 1999, presentó oferta -único oferente-, el Club Atlético
Juventud (Asociación Civil).
II) Que conforme a lo establecido en el Pliego de Condiciones
Particulares, el Ministerio de Transporte y Obras Públicas contribuirá
con: a) el otorgamiento del uso gratuito del predio donde se construirá
el Centro Deportivo y b) un aporte en efectivo de U$S 300.000 (dólares
estadounidenses trescientos mil), y por su parte la Comisión Nacional de
Educación Física, hoy el Ministerio de Deporte y Juventud contribuirá
para el mejor desarrollo y control de la Concesión y participará como
integrante de la Comisión Administradora de Becas a crearse a tales
efectos.-
III) Que, el adjudicatario por su parte pondrá a disposición de la citada
Comisión Administradora de Becas 600 (seiscientas) becas gratuitas
anuales, o el equivalente al 20% de los asociados, si esta cifra
resultara ser superior, con derecho al uso de las instalaciones
deportivas y priorizando a los niños y jóvenes de bajos recursos.
IV) Que la Comisión Asesora de Adjudicaciones designada a los efectos de
la presente licitación, al expedirse al respecto, aconseja adjudicar la
presente licitación a la citada institución por entender que la misma es
conveniente a los intereses del Estado y las necesidades del servicio.
III) Que la División Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas; el Tribunal de Cuentas de la República (Oficina Central
- Carpeta Nº 189.037 han tomado la intervención que les compete sin
formular observaciones al respecto.
ATENTO: a que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado -en la materia-
por el "T.O.C.A.F. 1996", puesto en vigencia por el Decreto Nº 194/997 de
10 de junio de 1997 y al Decreto Nº 90/000 de 3 de marzo de 2000.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Adjudícase Club Atlético Juventud (Sociedad Civil), la "Concesión de la
Construcción mantenimiento y explotación de un Centro Deportivo en la
Ciudad de Las Piedras" (Departamento de Canelones), por el término de 30
años prorrogables hasta 90 años, en un todo de acuerdo con las bases
establecidas en Licitación Pública Nº 23/99, convocada por el Poder
Ejecutivo a través del Ministerio de Transporte y Obras Públicas.