REGULACION PARA EMBARCACIONES INSTRUMENTOS Y ARTES DE PESCA ARTESANAL EN ZONAS A, B Y C




Promulgación: 26/08/2008
Publicación: 08/09/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 708

2

 Las artes de pesca empleadas en las Zonas A, B y C deberán estar
debidamente identificadas con el número de permiso y matrícula. Las
embarcaciones, tal como lo dispone la reglamentación vigente, deberán
tener claramente visibles el nombre y la matrícula y estar el casco,
totalmente pintado de color naranja.
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