T.O. 1996 (DGI)
APROBADO POR DECRETO Nº 338/996
Documento actualizado durante su vigencia
Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.
Ver vigencia:
T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 (aprueba T.O. 2023),
Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 113 (Ley de Reforma
Tributaria).
Ver en esta norma, artículos: 79 - BIS Título 4 y 2 - Título 7
(Incidencias posteriores a la aprobación del T.O. 2023).
TITULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERES GENERAL
CAPITULO 1 - EXONERACIONES GENERICAS EN FAVOR DE DIVERSAS PERSONAS E INSTITUCIONES DE DERECHO PRIVADO
Artículo 14-T3
Inclúyense dentro de las exoneraciones que establece el artículo 1° de este Título, a las instituciones privadas cuya principal
fuente de ingresos la constituye, la subvención del Instituto Nacional
del Menor y que tengan como objeto principal el cuidado de niños en
régimen de guardería, escuela maternal o casa-cuna. (*)
Fuente: Ley 14.057 de 3 de febrero de 1972, artículo 27º (Texto
integrado).
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 56 - Título 4.
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