Ver: TO 1996 (Decreto 338/996) de 28/08/1996 artículo 2 - Título 7
(modificaciones posteriores a la aprobación del T.O. 2023).
TITULO 14 - IMPUESTO AL PATRIMONIO
Artículo 33-T14
Incorpóranse a los establecimientos públicos dependientes de los
Consejos de Educación Secundaria y Educación Técnico-Profesional al
régimen previsto por el artículo 31º de este Título. Se aplicarán los
mismos límites establecidos en dicha disposición.(*)
Fuente: Ley 16.736 de 5 de enero de 1996, artículo 688º.
(*)Notas:
Reglamentado por:
Decreto Nº 30/015 de 16/01/2015,
Decreto Nº 600/988 de 21/09/1988.