APROBADO POR DECRETO Nº 338/996


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 28/08/1996
Publicación: 16/09/1996
Aprobado/a por: Decreto Nº 338/996 de 28/08/1996.
Ver vigencia:
      T.O. 2023 (DGI) de 04/04/2024 (aprueba T.O. 2023),
      Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 113 (Ley de Reforma 
Tributaria).

Ver en esta norma, artículos: 79 - BIS Título 4 y 2 - Título 7 
(Incidencias posteriores a la aprobación del T.O. 2023).

TITULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERES GENERAL
CAPITULO 4 - INTERES NACIONAL

Artículo 57-T3

   Transformación de sociedades.- Las sociedades que hubieren sido 
declaradas de Interés Nacional, conforme a lo establecido en el Decreto-
Ley Nº 14.178, de 28 de marzo de 1974, podrán transformarse en sociedades
por acciones, con un aumento de capital a emitirse, que a los efectos de
la canalización del ahorro esté representado total o parcialmente por 
acciones nominativas. En tal caso la transformación estará exonerada de 
toda clase de impuestos a las contrataciones, gestiones y derechos de 
inscripción en los registros públicos.

Fuente: Decreto-Ley 14.178 de 28 de marzo de 1974, artículos 9º y 10º 
        (Texto parcial, integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 56 - Título 4.
Referencias al artículo
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