Ver: TO 1996 (Decreto 338/996) de 28/08/1996 artículo 2 - Título 7
(modificaciones posteriores a la aprobación del T.O. 2023).
TITULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERES GENERAL CAPITULO 12 - ACTIVIDADES NAVALES
Artículo 88-T3
Los diques flotantes serán asimilados a las naves a los efectos de
todas las normas legales de promoción de las naves de bandera nacional.
Fuente: Decreto-Ley 15.080 de 21 de noviembre de 1980, artículo 6º.