TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo IX - Bosques y montes citrícolas
Artículo 138-T3
Montes citrícolas.- Los montes citrícolas están comprendidos por lo dispuesto en los numerales 1) y 2) del artículo 134° y por el artículo anterior de este Título. (*)
Fuente: Ley 16.002 de 25 de noviembre de 1988, artículo 92° (Texto
parcial, integrado).