TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo XXIII - Sociedades cooperativas
Artículo 199-T3
Régimen y derecho cooperativo.- Las cooperativas se regirán por las disposiciones de la Ley N° 18.407, de 24 de octubre de 2008, y, en general, por el derecho cooperativo. Supletoriamente se regirán por las disposiciones de la ley de sociedades comerciales en lo no previsto y en cuanto sean compatibles.
Derecho cooperativo es el conjunto de normas especiales, jurisprudencia, doctrina y prácticas basadas en los principios que determinan y regulan la actuación de las organizaciones cooperativas y los sujetos que en ellas participan. (*)
Fuente: Ley 18.407 de 24 de octubre de 2008, artículo 3° (Texto
integrado).