APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TITULO 1 - NORMAS GENERALES DE DERECHO TRIBUTARIO NACIONAL
SECCION IV - DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS CONTRIBUYENTES
Capítulo V - Tutela jurisdiccional

Artículo 227-T1

   Acción de amparo. Plazo para interposición.- En todos los casos deberá ser interpuesta dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha en que se produjo el acto, hecho u omisión caracterizados en el artículo 225° de este Título. No le correrá el término al titular del derecho o libertad lesionados si estuviere impedido por justa causa.

   Fuente: Ley 16.011 de 19 de diciembre de 1988, artículo 4° (Texto
   parcial, integrado). 

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 225 - Título 1.
Referencias al artículo
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