TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo I - Exoneraciones genéricas en favor de diversas personas e instituciones de derecho privado
Artículo 26-T3
Sociedades anónimas deportivas.- Las sociedades anónimas deportivas creadas en virtud de la Ley N° 17.292, de 25 de enero de 2001, cuya única finalidad sea la prevista en inciso tercero del artículo 70° de la mencionada ley, estarán exoneradas de todo impuesto nacional.(*)
Fuente: Ley 17.292 de 25 de enero de 2001, artículo 82° (Texto
integrado).