TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo XXXII - Tiendas libres (Tax free shops)
Artículo 276-T3
Mercaderías extranjeras.- Las mercaderías extranjeras a ser comercializadas ingresarán a las tiendas cuya instalación se autoriza en el artículo 274° de este Título, en el régimen de mercaderías en tránsito.
(*)
Fuente: Decreto-Ley 15.659 de 29 de octubre de 1984, artículo 4°
(Texto integrado).