APROBADO POR DECRETO Nº 101/024




Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL
Capítulo II - Inmunidad tributaria del Estado

Artículo 33-T3

   Arrendamientos con opción de compra de maquinarias viales no incluidas en el artículo anterior.- Autorízase al Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) a contratar con las Intendencias Municipales, arrendamientos con opción de compra de maquinarias viales que no pudieran adquirirse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley N° 16.907, de 9 de enero de 1998 y fueran igualmente necesarias, cuando cuenten con capacidad propia de pago durante el mismo período de Gobierno Municipal para cancelar las erogaciones que se causen por ese concepto. Estas operaciones gozarán de los mismos beneficios previstos en el artículo anterior y se realizarán en el marco de licitaciones que realicen el Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) en el cumplimiento del mismo. (*)

   Fuente: Ley 16.907 de 9 de enero de 1998, artículo 2° (Texto
   integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 352 - Título 3.
Referencias al artículo
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