TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL Capítulo XLVI - Otras exoneraciones
Artículo 341-T3
Transferencias de bienes como consecuencia de la aplicación de las soluciones previstas en la Ley N° 17.613.- Las transferencias de dominio de bienes o de otros derechos como consecuencia de la aplicación de cualquiera de las soluciones previstas en la Ley N° 17.613, de 27 de diciembre de 2002, estarán exentas de toda clase de tributos, aun los establecidos por leyes especiales.(*)
Fuente: Ley 17.613 de 27 de diciembre de 2002, artículo 39° (Texto
parcial, integrado).