APROBADO POR DECRETO Nº 101/024


Documento actualizado durante su vigencia

Promulgación: 04/04/2024
Publicación: No fue publicado
Aprobado/a por: Decreto Nº 101/024 de 04/04/2024 artículo 1.

 Según lo dispuesto por el Dec. Nº 101/024, artículo 3
 ver referencias normativas en TODGI 1996

TÍTULO 3 - ALGUNAS EXONERACIONES DE INTERÉS GENERAL
Capítulo XLVI - Otras exoneraciones

Artículo 341-T3

   Transferencias de bienes como consecuencia de la aplicación de las soluciones previstas en la Ley N° 17.613.- Las transferencias de dominio de bienes o de otros derechos como consecuencia de la aplicación de cualquiera de las soluciones previstas en la Ley N° 17.613, de 27 de diciembre de 2002, estarán exentas de toda clase de tributos, aun los establecidos por leyes especiales.(*)

   Fuente: Ley 17.613 de 27 de diciembre de 2002, artículo 39° (Texto
   parcial, integrado).

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 352 - Título 3.
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